07/11/25

Retiro voluntario en la ANAC: publican requisitos, plazos y montos

Publican los detalles del retiro voluntario en la ANAC: incluye una gratificación de hasta 24 sueldos y la prohibición de reingreso al sector público por cinco años.


La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) de Argentina oficializó la implementación de un Sistema de Retiro Voluntario.

La medida, publicada este 6 de noviembre en el Boletín Oficial de la República Argentina mediante la Resolución 794/2025, se enmarca en la política de "desregulación económica y reforma del Estado" impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional.

El período de adhesión al plan es breve: comienza el 6 de noviembre y finaliza el 20 de noviembre de 2025 a las 17:00 hs.

Preguntas frecuentes

¿Quiénes pueden adherir al retiro voluntario de la ANAC?

Personal de la ANAC con estabilidad laboral según la Ley N° 25.164, salvo quienes se encuentren dentro de las exclusiones detalladas (procesos penales, sumarios disciplinarios, trámite de jubilación o renuncia pendiente, 64 años o más, reclamos contra el Estado, y sindicalistas con mandato vigente sin renuncia).

¿Cuál es el plazo para presentar la adhesión?

El período de adhesión va del 6 de noviembre de 2025 hasta el 20 de noviembre de 2025 a las 17:00 hs.

¿Cuál es el monto máximo de la gratificación por retiro voluntario?

El tope máximo de la gratificación está fijado en el equivalente a 24 haberes brutos mensuales.

¿Cómo se abona la gratificación y en cuántos plazos?

Se paga en dos tramos: 30% a los 15 días de aprobado el acto administrativo y el 70% restante en seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas, desde los 30 días del pago inicial.

¿Puedo volver a trabajar en la ANAC o en el sector público después de adherir?

No. Quienes se acojan quedan desvinculados definitivamente; sus puestos quedan suprimidos por dos años y tienen prohibido reingresar al Sector Público Nacional por cinco años.

¿Qué ocurre si presento una Declaración Jurada falsa al adherir?

El falseamiento de la Declaración Jurada determinará el rechazo de la solicitud.

Alcance y exclusiones del plan

El sistema está dirigido al personal de la ANAC que posea estabilidad laboral según la Ley N° 25.164. Sin embargo, el Artículo 2° del anexo detalla una larga lista de exclusiones. No podrán acogerse al retiro:

  • Personal sometido a proceso penal por delitos contra la Administración Pública.
  • Quienes enfrenten un procedimiento disciplinario que pueda resultar en cesantía o responsabilidad patrimonial.
  • Personal que ya haya iniciado su trámite de jubilación o que haya presentado una renuncia que esté pendiente de aceptación.
  • Aquellos que hayan cumplido 64 años o más.
  • Un punto clave es la exclusión del personal que "hubiere iniciado denuncia, recurso, reclamo o cualquier tipo de planteo administrativo o judicial contra el Estado Nacional o la ANAC, de índole salarial o laboral". La única excepción son los casos regidos por la Ley de Riesgos del Trabajo.
Además, el personal con mandato sindical vigente deberá presentar su renuncia al cargo gremial para poder adherirse.

Efectos de la adhesión: puestos suprimidos y prohibición de reingreso

La adhesión al plan implica la desvinculación definitiva del agente de la ANAC. Las consecuencias de esta decisión son dos y de fuerte impacto:

  • Supresión de puestos: los puestos y funciones del personal que se acoja al retiro "quedarán suprimidos a partir de su baja". Esos cargos no podrán volver a ser cubiertos por ninguna modalidad contractual por un término de dos años.
  • Prohibición de reingreso: el personal desvinculado no podrá volver a desempeñarse en la ANAC por cinco años. Esta prohibición se extiende a todo el Sector Público Nacional (incluyendo cargos políticos, asesorías o contratos financiados por organismos internacionales) por el mismo período de cinco años.
Gratificación y forma de pago

El personal cuya solicitud sea aceptada recibirá una gratificación extraordinaria única de egreso. El monto varía según la edad:

  • Hasta 60 años (inclusive): recibirá el 85% de su última remuneración bruta por cada año de antigüedad (o fracción mayor a 3 meses).
  • De 61 a 63 años (inclusive): recibirá el 60% de su última remuneración bruta por cada año de antigüedad.
La base de cálculo incluye conceptos remunerativos normales y habituales, como el sueldo básico y suplementos técnicos o aeronáuticos, pero excluye horas extras, asignaciones familiares, SAC y rubros no previsionales.

Existe un tope máximo para esta gratificación, fijado en el equivalente a 24 haberes brutos mensuales.

El pago se realizará en dos tramos: un primer 30% a los 15 días de aprobado el acto administrativo, y un segundo tramo 70% restante, pagadero en seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a partir de los 30 días del pago inicial.

Proceso de adhesión

La adhesión es voluntaria, pero está sujeta a la aprobación de la ANAC. La presentación de la solicitud "no dará derecho al peticionante a su otorgamiento".

La autoridad de aplicación, la Dirección de Administración y Gestión de Recursos Humanos, queda facultada para rechazar solicitudes "por razones de servicio". Esta decisión se considera "no recurrible".

Los interesados deben formalizar su solicitud a través del Sistema de Gestión Documental (GDE), incluyendo una Declaración Jurada donde conste que no tienen reclamos salariales o laborales pendientes contra el Estado. El falseamiento de esta declaración determinará el rechazo de la solicitud.

Fuente: AviacionLine