08/07/26

El Gobierno derogó un decreto de 2002 y avanza en la reconfiguración tarifaria del Gasoducto Perito Moreno

El Ejecutivo dejó sin efecto el Decreto 689/02 que excluía ciertas tarifas y contratos de exportación de gas del régimen de emergencia pública. Además, fijó pautas para el precio unificado de transporte del gasoducto.



El Gobierno derogó el Decreto 689/2002 mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 580/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, y dispuso cambios en el régimen aplicable al transporte de gas natural vinculado al Gasoducto Perito Francisco Pascasio Moreno.

Según se argumenta en la norma, el régimen excepcional establecido hace más de dos décadas había respondido al contexto de la emergencia económica y cambiaria de ese momento, por lo que actualmente "carece de justificación" dentro del marco regulatorio vigente.

En los fundamentos, el decreto -firmado por el presidente Javier Milei y sus ministros- sostiene que mantener ese tratamiento diferencial para determinados contratos vinculados a las exportaciones de gas natural genera distorsiones en los precios y tarifas que pagan los cargadores del sistema de transporte, dado que la infraestructura utilizada se encuentra en territorio nacional y debe remunerarse con criterios homogéneos respecto del resto de las capacidades de transporte.

Además de derogar la normativa de 2002, el decreto establece que el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, organismo que funciona en el ámbito de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, será el encargado de fijar el precio de la capacidad base para el cálculo del precio unificado de transporte del gasoducto, tomando como referencia el precio adjudicado para la capacidad incremental. También podrá establecer un escalonamiento entre los valores vigentes y el nuevo precio unificado para evitar variaciones significativas.

El texto oficial señala que la decisión responde a la necesidad de implementar de manera inmediata la reconfiguración del sistema de transporte de gas, en el marco de la emergencia energética vigente hasta el 31 de diciembre de 2027, y de otorgar certeza y estabilidad a las relaciones jurídicas vinculadas con ese proceso. Asimismo, el Poder Ejecutivo justificó el uso de un DNU al considerar que la naturaleza excepcional de la situación hace imposible seguir el trámite legislativo ordinario previsto por la Constitución Nacional.

Fuente: Ámbito